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Renovación o prórroga de contrato de alquiler tras 5 años: lo que debes saber

  • Publicado el 07 de Octubre de 2024
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  • DERECHO INMOBILIARIO
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Renovación o prórroga de contrato de alquiler tras 5 años: lo que debes saber

Introducción: ¿Qué pasa al cumplir los 5 años de alquiler?

Si tu contrato de alquiler se firmó después del 6 de marzo de 2019, probablemente te estés preguntando qué sucede ahora que se cumplen los cinco años de prórroga legal. Tanto propietarios como inquilinos suelen tener dudas sobre la renovación o prórroga de contrato, y en este artículo vamos a resolver las preguntas más comunes.

En L&B Abogados Valdemoro, te explicamos cómo funciona la renovación de los contratos de alquiler según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) modificada por el Real Decreto-Ley 7/2019. Si tienes preguntas sobre el tema o necesitas asesoramiento legal, contáctanos en Plaza de la Constitución nº 8, 1º derecha, Valdemoro o llama al 667 959 309.

 

Duración mínima del contrato de alquiler

Con el Real Decreto-Ley 7/2019, se estableció que los contratos de alquiler deben tener una duración mínima de:

  • Cinco años si el propietario es una persona física

  • Siete años si el propietario es una persona jurídica

Esto significa que el arrendatario tiene garantizado su derecho a vivir en la vivienda durante ese período, siempre y cuando cumpla con sus obligaciones. Sin embargo, el inquilino puede desistir del contrato tras los primeros seis meses, notificando al arrendador con al menos 30 días de antelación.

 

Renovación automática tras los 5 años: ¿Es posible?

Sí, al finalizar los cinco años, el contrato se renovará automáticamente por plazos anuales, hasta un máximo de tres años más, siempre que:

  • Ninguna de las partes notifique la no renovación. El propietario debe notificarlo con cuatro meses de antelación y el inquilino con dos meses.

Este proceso de renovación da estabilidad al inquilino, pero también existen dos formas de extinguir el contrato durante esta prórroga:

  1. Si el inquilino comunica que no desea renovar el contrato con un mes de antelación.

  2. Si el propietario alega necesidad de la vivienda, algo que debe quedar claramente justificado en el contrato.

Si quieres más información sobre la recuperación de viviendas por necesidad del propietario contacta con nosotros, somos especialistas en L&B Abogados somos especialistas en Derecho Inmobiliario.

 

Prórroga extraordinaria por vulnerabilidad social o económica

La Ley 12/2023, de 24 de mayo, introdujo la posibilidad de solicitar una prórroga extraordinaria de un año si el inquilino se encuentra en una situación de vulnerabilidad social o económica. Esta prórroga es obligatoria para los arrendadores que sean grandes tenedores (propietarios de más de 10 inmuebles de uso residencial o de más de 1.500 m² de superficie construida de uso residencial).

Si te encuentras en una situación de vulnerabilidad, te recomendamos que hables con un abogado especializado en derecho civil para garantizar que tus derechos sean respetados.

 

¿Se puede subir la renta durante la prórroga?

La respuesta es simple: NO. Según la legislación vigente, la renta no puede aumentarse más allá de la actualización anual que esté estipulada en el contrato. A partir de 2024, el límite máximo para estas actualizaciones será del 3%, según lo establecido por la nueva Ley de Vivienda.

Si no se especifica un índice en el contrato, el propietario debe usar el Índice de Garantía de Competitividad (IGC) para actualizar la renta. Además, antes de finalizar 2024, el Instituto Nacional de Estadística publicará un índice específico para regular estas actualizaciones.

 

¿Qué pasa después de los 8 o 10 años?

Una vez que se cumplen los cinco años iniciales (o siete si es persona jurídica), y las prórrogas adicionales, el contrato entra en lo que se conoce como tácita reconducción. Esto significa que, si ninguna de las partes ha notificado la extinción del contrato, este se renueva mes a mes o año a año, dependiendo de cómo se haya pactado el pago de la renta.

En esta fase, el propietario puede dar por terminado el contrato notificando con 30 días de antelación. Sin embargo, las condiciones iniciales del contrato se mantienen, incluyendo el precio de la renta.

 

¿Qué pasa con los contratos de uso distinto de vivienda?

En los contratos de uso distinto de vivienda (como oficinas o locales comerciales), los términos de duración y renta son negociados libremente entre las partes. Aunque no están sujetos a prórrogas obligatorias, sí se aplican algunos elementos como la tácita reconducción y la regulación de la fianza, según el artículo 36 de la LAU.

Además, en este tipo de contratos no se aplican las limitaciones del 3% de aumento en la renta, que sí afectan a las viviendas de alquiler habitual. Si tienes dudas sobre contratos de arrendamiento de locales u oficinas, te invitamos a consultar con un abogado para revisar los términos específicos.

 

Conclusión: ¿Necesitas ayuda con la renovación de tu contrato de alquiler?

Si estás enfrentando la renovación o prórroga de tu contrato de alquiler y no sabes cómo actuar, en L&B Abogados Valdemoro podemos ayudarte. Ya sea que necesites asesoramiento para renegociar las condiciones, revisar si es legal un aumento de la renta, o simplemente resolver dudas sobre la Ley de Arrendamientos Urbanos, nuestro equipo de abogados especializados está aquí para ti.

 

Si necesitas más información, ponte en contacto con L&B Abogados en el 91 126 97 08 o en info @ abogadosvaldemoro.com. Será un placer atenderte.

 


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Comentarios

Antonia
27-07-2025

En agosto vence contrato de alquiler, si está con la debida antelación conformidad a prórroga, es decir no tácita, el contrato de prórroga de 3 años quién lo ha de pagar el propietario o el inquilino. Graciad

Jamal
22-06-2025

Hola ecomprado un piso con un alquilando que pagaba el al querer tiene un contrato de tres años haurà está superando loa Ochoa años yo quiero reformar el piso que tengo qué hacer

Dayami
20-06-2025

En el año 2027 se me vence mi contrato x 5 años pago una renta 800 € pero todos los años me lo aumentan SEGÚN IPC, YA PAGO 890 ACTUALMENTE,,,según mi casero me va a renovar pero me tiene que aumentar la renta Hasta cuanto puede aumentarme si ya estoy pagando 890 € ???? Gracias

Sergio
11-06-2025

Hola, tengo desde el año 2019 alquilando una vivienda de interés social, desde entonces solo una vez firme un contrato con vigencia de un año y nunca se había renovado, ahora tuve un acercamiento con el arrendador y me trajo un contrato para que se lo firmará dónde yo acepte que renové el contrato en abril de 2024 con vigencia de un año, ahora que se venció no me quiere renovar un nuevo contrato y me pide la desocupación de la vivienda, actualmente estoy en un estado vulnerable y me resulta muy complicado mudarme de casa, cabe mencionar que nunca he dejado de pagar mes con mes la renta por medio de transferencias y depósitos a su cuenta personal, escuché decir que en casos como el mío existe un derecho de prórroga si el valor de la casa no excede el valor de 1'131,000 y quisiera saber si es verdad y como puedo obtener esa prórroga.

florin
04-06-2025

hola,tengo un contrato de alquiler de 5 anos que espira al 1 de julio el dueno me me mando un whatap ayer queno quere renovar que puedo hacer Gracias

Agnieszka
13-05-2025

Dentro de un mes se me termina el contrato de alquiler de 5 años. El propietario quiere subir precio 70 euros mas. Mi pregunta es si esto es legal?

Maria del Rosario
09-05-2025

Buenas noches. Mi contrato caduca en junio d3spues de 5 años. Me informan que si queremos renovar ahora tendria que pagar 500€ mas. Por favor necesitamos asesorarnos. Creeemos qu3 no pueden subir tanto dinero.

Rosario
02-05-2025

Buenos días quisiera hacerles una consulta porque estoy muy preocupada y no sé dónde dirigirme. Yo vivo alquilada desde Septiembre de 2017, nada más tengo el contrato que se hizo la primera vez por UN AÑO, en el que existe un párrafo donde dice “EL PRESENTE CONTRATO SIRVE DE EXPRESA COMUNICACIÓN DEL ARRENDADOR AL ARRENDATARIO DE SU VOLUNTAD DE NO RENOVARLO AL TÉRMINO DE LOS TRES AÑOS, SALVO QUE DE COMÚN ACUERDO ENTRE AMBAS PARTES, SE PRORROGUE POR PERIODOS ANUALES, HASTA UN MÁXIMO DE TRES AÑOS MÁS, ESTABLECIÉNDOSE LIBREMENTE UNA NUEVA RENTA Y FIANZA.” Tal como le he dicho anteriormente solamente existe el primer contrato, jamás en todo el tiempo que llevo viviendo alquilada me ha traído una renovación o un contrato nuevo, y nunca jamás se le ha fallado en el pago, ya que dicho pago lo hace en mi nombre una Congregación Religiosa. Pues bien, ahora después de más de 7 años y medios me viene a decir en un principio que quería subir 200 € de golpe, en la actualidad pago 400€, como le he dicho que eso era una barbaridad me dice que me tengo que ir en 30 días porque quiere venderlo. Yo soy persona vulnerable, ya que estoy sin trabajo y el único ingreso que tengo es el IMV y no puedo hacerle frente a ese incremento, estoy tratando de solucionar algo a través de la Congregación pero sé que va a ser difícil que me puedan pagar ese aumento, quizás podríamos llegar a un acuerdo en algo que fuera más lógico pero no en una subida de un 50%, pero claro este señor quizás no esté dispuesto porque me está coaccionando para que me vaya diciéndome que la casa la quiere vender y, sé de sobra que no lo necesita, pero es una forma de atosigarme para que me vaya. Mi pregunta es ¿qué puedo hacer yo al respecto?, si tengo que marcharme como él dice dentro de 30 días, aunque el contrato la fecha del contrato es de septiembre de 2017, y es que no sé por dónde tirar, ni qué hacer, por favor les ruego me orienten al respecto, les quedo muy agradecida y espero su respuesta. Muchas gracias.

Gabriel
09-04-2025

Este año se cumple los 5 años de arrendamiento. Como casero, puedo comunicar a mis inquilinos la NO RENOVACIÓN, aun no necesitándolo yo? Me interesa que sigan los mismos, pero, sin ánimo de abusar, quiero revisar el precio, pues ha quedado muy por debajo del mercado. Podemos renegociar y firmar un contrato nuevo? Gracias de antemano.

Violeta
28-03-2025

Hola en agosto se cumplen 5 años del contrato de una casa que tengo arrendada, según la ley se prorroga automáticamente tres años más siempre que el inquilino quiera y el propietario no tenga necesidad manifiesta de la vivienda. En estos 5 años no he actualizado la renta en base al IPC, cobro una renta baja, mis preguntas son : Puedo subir o actualizar la renta durante la prórroga y hasta que límite Tengo que hacer algún documento anexo al contrato por esa prórroga. Se lo debo comunicar al inquilino en caso de prórroga. Gracias

Isabel
25-03-2025

Buenas tardes. Este año se cumplen los 5 años del contrato de alquiler de mi vivienda.¿Hasta qué máximo puedo subir la renta? ¿Hay que firmar un nuevo contrato? Gracias.

Mariangeles
19-03-2025

Me vence el contrato de alquiler de 5 años ,como inquilino,cuanto puede subir el alquiler al renovarlo??

Mariamparo
06-03-2025

Hola tengo un inquilino que le hice un contrato para 5 años , mi pregunta es cuando le venza puedo hacer contrato nuevo con otro de alquiler mucho más alto del que están pagando.

Angeles
27-02-2025

En abril de 2014 firmé un contrato de 600 € mensuales. En septiembre de 2019 en un prórroga de contato, me subió a 750. Hoy viene a firmar otra prórroga, cuánto me puede subir legalmente? No me sube el IPC anual

Javier
24-02-2025

Hola Tengo una vivienda que he alquilado a unos chicos por 5 años, llevan 3 años y nunca le he subido el IPC ¿Puedo subir de golpe el precio del IPC de los 3 años? Gracias

Omar
17-02-2025

En julio de 2025 habrán trascurrido 5 años de la firma de mi presente contrato y querría saber si hay algún máximo en la subida que me pueden aplicar en caso se prórroga o renovación del contrato

Silvina Haydee
17-02-2025

Firme contrato de alquiler de habitación en 2021 puedo quedarme hasta 5 años? Me ha ido subiendo año a año 10€ más, eso ws legal gracias

Isabel
13-02-2025

El 29 de mayo me cumple el contrato y no quiere renovar.Tampoco da ninguna explicación de que lo quiera vender o alquilarlo x más dinero.Solo nos mandó un burofax y ya.Q puedo hacer.

Imane
06-02-2025

Hola. Hizo un contrato en 2021 y la dueña ha subido en el 2023 y ahora pide más aumentación eso es legal, sin hablar de nuestra situación económica desagradable y con 3 hijos a cargo. Os agradezco mucho más información.

José
04-02-2025

Se trata de un contrato de arrendamiento de vivienda. Este mes de febrero de 2025 finaliza la duración del mismo, habiendo transcurrido los cinco años iniciales. Me gustaria saber que incremento me pueden aplicar para firmar un nuevo contrato, por otros cinco años de duración. Gracias, espero su respuesta.

CARLOS
30-01-2025

Hola una consulta, Si tengo un contrato que me hizo el propietario en Junio 2021 de un año, entiendo que este se renovó de manera automática hasta un máximo de 5 años. Ahora dice que quiere subirme el alquiler de forma inmediata. Esto lo puede hacer o tiene que esperar a que se cumplan los 5 años para realizar este aumento. Gracias.

Patricia
29-01-2025

Buenas noches! Termina mi contrato de cinco años de alquiler y la propietaria lo quiere subir 70€+, esto legal haciendo una prórroga? Muchísimas gracias.

María Del Mar
23-01-2025

Hola El contrato de arrendamiento con mis inquilinos termina el 30 de junio. Yo quiero subir el alquiler 150 € que tengo que hacerles contrato nuevo pero lo puedo especificar en la carta para decirles que no le renuevo llevan cinco años. Gracias

Celia
15-01-2025

UNA VEZ QUE SE TERMINA EL CONTRATO DE 5 AÑOS DEBO DE FIRMAR OTRO CONTRATO DE PRORROGA ? O SIGUE SIENDO EL MISMO CONTRATO VALIDO? Y ME PUEDE SUBIR 150 E DE GOLPE ? gracias

Daniel
02-01-2025

Se me veces en febrero el contrato de 5 años con una mensualidad de 650 euros Me puede subir renta y a cuanto? Tiene un máximo el arrendador?

david
29-12-2024

Buenas tardes Me gustaría saber si puedo subir el alquiler de 650 a 950 después de finalizar el contrato de cinco años Gracias


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